Recientemente circularon dos noticias relacionadas con el proceso de
privatización del sistema de educación superior en México. La primera proviene
de la aprobación del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU), que forma parte
de la reforma fiscal aprobada. La segunda deriva de la publicación de la edición
anual del Panorama de la Educación (Education at a Glance) a cargo de la
Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y de los
comentarios sobre el subsidio a la educación superior pública vertidos por la
representante de la OCDE en México.
El IETU es la versión enmendada por los legisladores de la propuesta de la
Secretaría de Hacienda de un nuevo impuesto de tipo directo que proponía gravar
con una tasa uniforme de 19 por ciento los ingresos de las empresas conseguidos
por la enajenación o renta de bienes y la prestación de servicios. Su versión
original, denominada Contribución Empresarial a Tasa Única (CETU), remitida a
los legisladores el 20 de junio de 2007, limitaba las posibilidades de deducción
a los gastos para la formación bruta de capital, las erogaciones
correspondientes a la adquisición de bienes, así como los pagos por renta de
bienes y servicios empleados en las actividades generadoras de ingresos. La
CETU, además, proponía acreditar en su caso el impuesto sobre la renta (ISR) y
el impuesto sobre el activo efectuados por las unidades de producción y
servicios.
La CETU establecía como no gravables del nuevo impuesto los ingresos
obtenidos por personas morales con fines no lucrativos autorizadas para recibir
donativos deducibles en los términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta por
la enajenación de bienes, la prestación de servicios independientes o el
otorgamiento del uso o goce temporal de bienes, realizadas en forma gratuita a
personas distintas de sus miembros, socios o asociados. Se considera que las
personas morales a que se refiere esta fracción enajenan bienes, prestan
servicios independientes u otorgan el uso o goce temporal de bienes, en forma
gratuita, cuando cobren cuotas de recuperación cuyo monto no exceda de 10 por
ciento del precio de mercado de los bienes enajenados, del servicio o del uso o
goce temporal de bienes. Se contemplaban excepciones particulares: las
entidades del gobierno, las paraestatales que no pagan ISR, las organizaciones
políticas, los sindicatos, las asociaciones de padres de familia, los colegios
profesionales y otras organizaciones sociales sin fines de lucro. Pero no eximía
a las escuelas privadas.
No tardó en desatarse un intenso cabildeo de los representantes de las
universidades privadas. Varios rectores acudieron el 21 de julio a la Cámara de
Diputados para exponer sus puntos de vista a la Comisión de Hacienda.
Básicamente, defendieron la importancia de los servicios privados de educación
superior como una contribución a la formación de capacidades nacionales e
indirectamente al empleo. Mencionaron también que en la mayoría de los países de
la OCDE existe un régimen de excepción fiscal para las universidades y
anticiparon que, en caso de aprobarse, la reforma habría de traducirse en un
aumento proporcional de cuotas y colegiaturas.
Aunque en su momento la Comisión de Hacienda mostró reservas a tales
argumentos, lo cierto es que en la redefinición de la propuesta los diputados
accedieron a la postura de las escuelas privadas. En la nueva redacción del
impuesto, ahora el IETU, se estableció la exención correspondiente, aunque sin
aludir en su especificidad al sector de universidades y al resto de las escuelas
privadas. La nueva redacción desafecta los ingresos obtenidos por personas
morales con fines no lucrativos o fideicomisos, autorizados para recibir
donativos deducibles en los términos de la Ley del ISR,
siempre que los ingresos obtenidos se destinen a los fines propios de su objeto
social o fines del fideicomiso y no se otorgue a persona alguna beneficios sobre
el remanente distribuible, salvo cuando se trate de alguna persona moral o
fideicomiso autorizados para recibir donativos deducibles en los términos del
ordenamiento citado.
O sea, que la libraron. Quizá por largo tiempo. No sólo llama la atención el trato preferente al sector y la manera como se
desaprovechó la oportunidad, en el espacio de negociación abierto, para apretar
tuercas a la infinidad de establecimientos privados que ofrecen servicios de
educación superior de calidad cuestionable o con esquemas financieros que hacen
dudar la inexistencia de lucro. Los mismos rectores reconocían que ese segmento
existe y amerita una mayor regulación. Pero se dejó pasar y es muy criticable.
Para acabar pronto, la desidia de los legisladores cimentó un auténtico nicho
dorado para la evasión. O, por lo menos, generó nuevos incentivos para que la
inversión privada en educación superior continúe su marcha, que ya representa
más de una tercera parte de la matrícula de licenciatura y cerca de la mitad del
posgrado en México. ¿No es eso privatizar?
Ese escenario contrasta con la enérgica reacción desencadenada tras las
declaraciones de la doctora Blanca Heredia, directora para América Latina de la
OCDE, el pasado 18 de septiembre en rueda de prensa. A la luz de la supuesta
ineficiencia del gasto público en educación superior, la representante del
organismo se preguntaba, con poco tacto político, sobre la conveniencia de
impulsar, entre otras medidas, el cobro de cuotas en el bachillerato y en las
universidades públicas. Tanto escandalizó la postura que hasta la propia titular
de la SEP tuvo que salir a declarar que tal recomendación no se adoptaría como
tal.
Queda la duda, ¿quién abona más a la privatización: los diputados que
aprueban una ley que sin duda impulsará una nueva oleada de inversión privada en
el sector, o la inviable recomendación del organismo multilateral?